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Aprobada la Ley de Protección Social Integral al Artista y Cultor Nacional

El nuevo reglamento, aprobado en segunda discusión hoy por la Asamblea Nacional, sí tiene incidencia directa en el mundo del rock de nuestro país.

La Asamblea Nacional aprobó este jueves, en segunda discusión, la Ley de Protección Social Integral Al Artista y Cultor Nacional, un instrumento que busca defender los intereses de los artistas nacionales y regular las contrataciones de los mismos; diferente a la ”Ley Orgánica de la Cultura”, promulgada el año pasado generando varios debates estériles en el ambiente cultural –más por desconocimiento que por reales implicaciones- y al final, resultó que su impacto en la vida diaria del mundo artístico ha sido nula.

Este nuevo ordenamiento nace de una serie de planteamientos realizados en el 2011 por el hoy presidente de TeleAragua, Esteban Trapiello. En una entrevista con esta misma página, Trapiello pedía una relación de 3 a 1 en los artistas nacionales con extranjeros. Hasta hoy, esa regulación no existía. Siempre se vivió bajo el mito de la compensación nacional en los shows de artistas extranjeros, pero no había ninguna ley al respecto. Hubo presión de sindicatos realmente poderosos en los 80s (la época de Franco de Vita, Yordano, Guillermo Dávila, etc.) que ponían al productor en un compromiso de aceptar a un artista nacional, pero nunca fue una obligación. Se mantuvo como tradición hasta hoy que fue reglamentado: pasamos a un 1 a 1.

El año pasado fue introducido el proyecto de ley, propuesto por el diputado Carlos Sierra (PSUV) y ayer ha sido finalmente aprobado. En conversación con OidosSucios.com en febrero de este año,  una vez finalizado el período de consulta pública que se llevó a cabo en todo el país, el diputado comentó que se buscaba “la igualdad en el trato y beneficios para los artistas nacionales. No podemos admitir que veamos tantas ferias regionales donde el talento nacional es humillado”. Es decir, la ley fue pensada para atacar esas fiestas patronales donde suele verse mucho artista internacional, pero, de acuerdo a nuestras investigaciones, fue poco pensada para los shows individuales.

Al contrario de la Ley de Cultura, esta si afecta directamente al rock nacional –y la industria musical en general-, sobre todo en los espectáculos con presencia internacional. A continuación, podrás ver un resumen de los detalles más llamativos del texto que ha sido aprobado. Además, contamos con la opinión de dos directores de empresas nacionales productoras de eventos al respecto. Ambos nos pidieron mantener sus identidades en resguardo debido a algún conflicto que puedan tener por airear sus declaraciones.

La ley final será publicado en los próximos días en Gaceta Oficial. El análisis que verás a continuación está basado en los dos textos que han sido publicados por internet. El proyecto de ley y el documento con las modificaciones de la segunda discusión. Como existen algunas discrepancias, publicamos apoyados en los números menos fatalistas. Esta vez, el diputado Sierra, que tan interesado estaba en hablar en la época de promoción del proyecto, se ha cerrado en banda para comentarla y compartir el texto final.

Deberes del artista: En el marco teórico de la ley se encuentra un vacío peligroso en los deberes del artista. Aquí reza como obligatoriedad “contribuir al desarrollo cultural de la nación, enalteciendo los valores y símbolos patrios, Promoviendo una sociedad amante de la paz, la justicia, la solidaridad, y el bien común” ¿Se acabó la música de protesta? ¿Se institucionaliza el neofolklore?

Propiedad Intelectual: Una batalla ganada por SACVEN. Se habla por primera vez de la obligatoriedad de una remuneración por la difusión de las obras en cualquier medio. Es decir, ya no solo está regulado el cobro de regalías por discos y reproducciones en medios tradicionales, sino que también se habla de medios digitales. Ahora los artistas cobrarán por reproducciones de sus obras en internet, pero ¿Cómo se regulará esto?

Seguridad Social: El régimen de seguridad social fue algo pedido por unanimidad. Si esto realmente llega a funcionar como está escrito, los artistas  tendrán acceso a los servicios de protección social de cualquier trabajador. Era penoso ver la recolección de vacas para ayudar a cultores caídos en desgracia. Espero que, al menos, está sección se cumpla a cabalidad.

Trabajador cultural: Marco regulatorio a la actividad laboral del artista. Se establece que las horas de trabajo de los artistas son distintas a las de un trabajador normal, propia de la actividad que ejercen.

Contratos: Se regula una tradición en la contratación de artistas: el 50% de pago por adelantado antes de cada show. Además, se da forma al contrato laboral entre artista y contratante, especificando que no necesariamente debe ser escrito. Es decir, un acuerdo de palabra para la presentación de un show, siempre que se hayan especificado todas las condiciones, tiene igual de validez y debe ser cumplido por ambas partes.

Visados: Es donde comienza a ponerse escabroso el texto al tocar el tema de los artistas extranjeros. Establece la obligatoriedad del contrato para la emisión de una visa de trabajo, un tema que ha tenido múltiple difusión en los últimos años a raíz de la suspensión de shows y el aún confuso episodio con Gustavo Cerati. Por otro lado, con esta disposición, se sobre entiende que ya el gobierno sabrá, de manera oficial, cuanto cobra cada artista que se presenta en el país. En consecuencia, teóricamente debería saber de dónde salen los dólares para esa contratación y también podría aplicar la fórmula de precios justos para el cálculo de precios de las entradas ¿no?

Presencia nacional: Fin al mito. Es obligatoria la presencia de un artista nacional en cualquier show de artista internacional. Conciertos como los que vimos en los últimos tiempos de Soda Stereo, Smashing Pumpkins, Gustavo Cerati, Charly García, Elton John –por solo citar algunos- tendrían dificultades en este marco. Más cuando hay artistas que bajo ningún concepto aceptan un show de apertura.

Nota: aunque en el proyecto de ley aparece una relación de 1 a 1, en algunos textos de internet se ha publicado que la relación final aprobado ha sido 4 a 1 (4 artistas nacionales por cada artista internacional).

Igualdad en la publicidad: Participación equitativa en la publicidad. Es decir, más nunca usted verá “AEROSMITH… y por Venezuela: DelPez” sino “AEROSMITH y DELPEZ”, al mismo tamaño de letra y mismo tamaño de foto de los artistas. Uno de los productores consultados nos comenta “Es imposible. Toda la publicidad es aprobada previamente por el extranjero, quien además, generalmente est&aac
ute; en promoción y viene con toda su imagen armada. Nadie nos va a aceptar que exista un artista que aparezca en la misma proporción que ellos”.

Igualdad en la participación: 50% de participación equitativa entre artista nacional e internacional. Es decir, si está ley hubiese existido en el 2010, Dischord hubiese tenido que tocar la misma cantidad de tiempo que Metallica. “JAJAJAJAJAJAJA” nos respondió el mismo productor del artículo anterior.

Remuneración: El artista nacional debe percibir, al menos, 30% de la remuneración del artista internacional. Algo totalmente inaplicable. Supongamos que vienen los Rolling Stones el próximo año y un productor accede a pagar alrededor de los 5 millones de dólares que están pidiendo por cada show en Sudamérica. Si a Pixel le toca abrir ese concierto ¿Pablo Dagnino se llevará a su casa 1.500.000 dólares? “Es una total locura. No podremos hacer ningún concierto entonces. Yo le pago a los artistas lo que me piden, unos cuestan más que otros, pero en un show grande, generalmente destinamos a la compensación nacional alrededor de BsF. 200.000. No podemos pagar más de eso” Nos dijo otro productor.

Nota: Igualmente, en algunos textos de internet aparece que la remuneración fue modificada y ya no sería un 30% sino un 100%. Más disparatado aún.

Fondo para los cultores: Un nuevo fondo para la cultura, un nuevo aporte (del 6% de la utilidad de cada show para las empresas que hacen conciertos internacionales).  Si va a ser gestionado del mismo modo que el fondo del deporte o el de la mencionada Ley de la Cultura, será una nueva caja negra de resultados inesperados… e improbables.

El monto originalmente planteado fue del 1%, pero fue cambiado ayer a última hora en la discusión. Ante la consulta a uno de los productores, nos comentó “La única forma de pagarlo es subiendo el precio de las entradas. El 6% a veces es más de nuestra ganancia”.

Premios: Se crea el premio “Glorias Artísticas de Venezuela”, para los artistas con destacada trayectoria por más de 30 años.

Fuera de la regulación quedaron varios aspectos que luchaban por entrar: el cobro de regalías por repeticiones de seriados en televisión, la igualdad de condiciones técnicas para los artistas nacionales respecto a los internacionales y la fijación de un parámetro tangible para el cálculo de precios de las entradas en shows internacionales. Por ahora, este es el documento que entrará en vigencia tan pronto sea publicado en Gaceta Oficial, la semana próxima.

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